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Entre otras cosas, la Sección Primera del TSXG sostiene que la normativa que prohíbe que en un mismo establecimiento se pueda simultáneamente instalar tragaperras de empresas operadoras distintas no vulnera la libertad de empresa. Además desestima la oposición de los apartados que tienen que ver con la vigencia y renovación de la autorización de instalación y localización.
El presidente de la Asociación Gallega de Empresas Operadoras (Ageo), Serafín Portas, sostiene que el hecho que la administración de Justicia deseche el recurso y valide el reglamento "es una gran noticia para el sector del recreativo y también para el de la hostelería".
Portas dice que la resolución del tribunal "ratifica que el diálogo entre la patronal y la administración es positivo y avala un reglamento que está elaborado con la participación del sector".
Ageo se personó como parte codemandada en este recurso y en los otros diez que actualmente penden en la misma Sección Primera del TSXG, que ha resuelto desestimando íntegramente el de Recreativos Jufín, S.L., "refrendando así la legalidad del actual Reglamento de Máquinas de Galicia".

